Nueva ley de propiedad intelectual

por davidgp el 02/03/2006

La comisiÛn de Cultura del congreso ha aprobado sin ning˙n voto en contra y con solamente dos abstenciones la nueva ley de propiedad intelectual que prevÈ el cobro de canon por sociedades de gestiÛn de derechos de autor por reproductores de mp3, pdas, telÈfonos mÛviles y incluso discos duros de ordenadores port·tiles. Ahora se espera que esto sea aprobado en el congreso.

En Informativos Telecinco se puede leer

‘El artista tiene derecho a su remuneraciÛn, puesto que no se puede evitar que no haya copia privada de su obra’, explicÛ la portavoz popular, Beatriz RodrÌguez Salmones, quien aclarÛ que, no obstante, en el caso de que se utilicen los sistemas anticopia para impedir las reproducciones -una posibilidad legitimada en el texto- no se podr· cobrar el canon en ese producto.

Esto parece indicar que ya no se pueden hacer copias de seguridad de discos o vÌdeos con sistema anticopia. Vamos, es como darle carta blanca a los productores para conseguir lo que siempre quisieron, que disfrutemos de sus obras como ellos quieran. Si tiene sistema anticopia se supone que no puedes hacer copia privada, por lo cual no puedes pasar un CD reciÈn comprado a tu iPod, o a tu PDA, øpara quÈ?, si puedes pagar dos veces por lo mismo y comprarlo en iTunes o Napster.

Y ya no hablemos de como queda la definiciÛn de copia privada, como dice Escolar

El nuevo texto no sÛlo amplia el canon sino que reduce el concepto de copia privada hasta convertirlo en un chiste. SÛlo se podr·n realizar copias en el ·mbito familiar ñya no se podr· grabar un CD de m˙sica a un amigoñ.

Vamos, mi duda ahora es øQuÈ entendemos por familia?, øsolo cuentan hermanos, padres e hijos? øo tambiÈn podemos incluir al primo tercero del cuÒado de mi hermana? O, øpodremos usar ante la policÌa la escusa de: «pero este CD lo copiÈ de mi hermana, que sÌ, el original lo tiene ella, pasa que vive en Inglaterra a lo mejor lo tienen un poco difÌcil de comprobar…»?

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